Si últimamente has oído hablar de Verifactu y factura electrónica obligatoria, es muy fácil que las tengas mezcladas en la cabeza. No eres la única, ni de lejos: es una de las confusiones más típicas entre autónomos ahora mismo, y tiene sentido, porque las dos vienen de Hacienda y las dos van de digitalizar tu facturación.
Pero no son lo mismo. Son dos leyes distintas, con objetivos distintos, y confundirlas puede hacer que te la juegues preparándote mal o, peor, tarde. Y ojo, porque no queda tanto tiempo como parece. Vamos a dejarlo claro de una vez.
¿Verifactu y factura electrónica son lo mismo?
No. Van de cosas diferentes, aunque suenen a lo mismo.
Verifactu regula cómo tiene que funcionar por dentro tu programa de facturación: que tus facturas no se puedan tocar ni borrar sin dejar rastro, y que lleven un código QR que se pueda verificar.
La factura electrónica obligatoria regula el formato en el que le mandas la factura a otra empresa: tiene que ser un archivo estructurado que se pueda leer automáticamente, no un PDF por bonito que sea.
Una toca el programa que usas. La otra toca cómo es el documento que envías. Se parecen, pero no son lo mismo.
Qué es Verifactu y a quién afecta
Verifactu viene de la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y obliga a que tu software de facturación garantice que nadie pueda manipular tus facturas por detrás.
Las fechas, ya cerradas:
- 1 de enero de 2027, para sociedades
- 1 de julio de 2027, para autónomos y el resto de personas físicas
Un matiz que casi nadie te cuenta: mandarle tus facturas a Hacienda en tiempo real es voluntario. Lo obligatorio es que tu programa cumpla los requisitos técnicos (que no se pueda tocar nada, que quede rastro, el QR). Si además decides activar el envío automático a la Agencia Tributaria, es una opción dentro del sistema, no algo que te caiga encima sí o sí.
Si facturas con un programa de verdad, esto te afecta. Y si sigues facturando con Excel o Word, siento decirte que no vale: ninguno de los dos puede cumplir estos requisitos por cómo están hechos, así que vas a tener que cambiar de herramienta sí o sí antes de que llegue tu fecha.
Si quieres el desglose completo: qué exige tu software, cómo reconocer una factura Verifactu, comparativa de programas y qué pasa si no lo haces, tienes la guía entera aquí: Verifactu para autónomos: qué es y cómo cumplirlo
Qué es la factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece)
Esta es la otra pieza, y va por un camino distinto. Nace de la Ley Crea y Crece (18/2022) y obliga a que las facturas entre empresas se manden en un formato electrónico estructurado, no en cualquier PDF, aunque lleve firma electrónica.
Aquí la diferencia con Verifactu es clara: su reglamento (el Real Decreto 238/2026) ya está publicado, pero sus plazos todavía no han empezado a contar. Lo que falta es que entre en vigor la Orden Ministerial que desarrolla la solución pública de facturación de la AEAT, esa es la que activa el cronómetro. Según el proyecto de esa orden, su entrada en vigor está prevista para el 1 de octubre de 2026.
Si se cumple esa previsión, las empresas grandes (más de 8 millones de facturación) tendrán 12 meses para adaptarse, es decir, hasta el 1 de octubre de 2027, y el resto, incluidos los autónomos, 24 meses hasta el 1 de octubre de 2028.
Son fechas todavía sujetas a que la orden se confirme tal cual está en el proyecto, pero ya dan una referencia mucho más concreta que el «en algún momento de 2027-2028» con el que se hablaba de esto hace unos meses.
| Preguntas | Verifactu | Factura electrónica |
| Qué regula | Tu programa de facturación | El formato de la factura |
| Ley | Ley Antifraude 11/2021 (RD 1007/2023) | Ley 18/2022 Crea y Crece (RD 238/2026) |
| A quién afecta | Sociedades y autónomos con software de facturación | Facturas entre empresas (B2B) |
| Fecha sociedades / grandes | 1 enero 2027 | 1 octubre 2027 (previsión, +8M€) |
| Fecha autónomos / resto | 1 julio 2027 | 1 octubre 2028 (previsión) |
| Envío a Hacienda | Voluntario (dentro del sistema) | No aplica |
¿Tengo que cumplir las dos?
Lo más probable es que sí. No se excluyen entre sí, son compatibles, y muchas veces van de la mano. Si eres autónoma y facturas a otras empresas, es de esperar que acabes teniendo que cumplir Verifactu (por tu programa) y la factura electrónica (por el formato de esas facturas), cada una con su propio calendario.
La parte buena es que no tienes que salir corriendo hoy mismo. Pero sí conviene que, cuando cambies o elijas programa de facturación, te asegures de que ya viene preparado para las dos cosas, porque los plazos van a apretar más de lo que parece.
Qué pasa si no cumplo
Aquí no te relajes: no cumplir Verifactu puede costarte hasta 50.000 € de sanción por ejercicio fiscal. No es una multa de aviso, y puede tocarte tanto a ti como, en algunos casos, a quien te vende el software si no cumple los requisitos.
En resumen
Verifactu y la factura electrónica obligatoria no son lo mismo, aunque las dos vayan de poner en orden tu facturación de cara a Hacienda. Una regula tu software, la otra el formato de tus facturas a otras empresas. Verifactu ya tiene fecha fija (enero y julio de 2027), y con eso a la vuelta de la esquina, mejor no dejarlo para el final.
Si esto te suena a chino, o simplemente no tienes tiempo de estar pendiente de qué te toca y cuándo, es justo de lo que me encargo yo. Me aseguro de que tu facturación esté en regla, con el programa adecuado, y sin sustos cuando lleguen las fechas.
Si quieres que le echemos un vistazo juntas a cómo tienes montada tu facturación ahora mismo, escríbeme y lo vemos.
